Demo ilustrativa del panel. Las cifras y documentos son ejemplos; fecha de referencia 12 de agosto de 2026. La cobertura operativa actual incluye Diario Oficial, SII, CMF, Congreso, Dirección del Trabajo y SERNAC.
Circular N° 2.345: Nuevos Límites Tasas de Interés
Publicado 08-08-2026Importancia baja
En una frase
Las entidades que ofrecen crédito deben aplicar durante el período informado los nuevos límites de interés corriente y máximo convencional.
Resumen IA
Corresponde validar tasas parametrizadas, simuladores, contratos y comunicaciones comerciales para evitar cobros por sobre el máximo permitido.
- Tipo
- Circular
- Entrada en vigencia
- 19-08-2026
Extracto del documento
La Comisión para el Mercado Financiero informa los nuevos límites de tasas de interés corriente y máximo convencional para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional no reajustable, vigentes para el período del 1 al 31 de diciembre. La tasa de interés corriente para operaciones no reajustables de menos de 90 días se fija en 11,28% anual. La tasa máxima convencional corresponde al producto de la tasa corriente multiplicada por 1,5, resultando en 16,92% anual.